
Tramos del IRPF y aplicación en la renta
Aprende a calcular tu pago en la declaración de la renta conociendo al dedillo los 6 tramos del IRPF en España para 2021
6 min de lectura
El arranque de la campaña para la Declaración de la Renta está a la vuelta de la esquina y todavía hay quien se pregunta qué son los tramos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y cómo afectan a la cantidad a pagar por este tributo cada año. Si este tema te suena tan poco como la discografía de Leonardo Dantés, no dejes de echar una ojeada al artículo de hoy.
Cálculo del IRPF en 2021
Cuando vayas a hacer tu declaración de la renta, deberás tener en cuenta las reducciones y deducciones para pagar así lo que te corresponde. Estas pueden depender de la comunidad autónoma en la que vivas, del hecho de que tengas hijos o de que estés pagando una hipoteca por tu vivienda habitual.
Cuando hayas descontado todos estos gastos podrás calcular fácilmente el importe que tendrás que pagar a la Agencia Tributaria cuando conozcas los diferentes tramos previstos para el IRPF como te explicamos a continuación con todo lujo de detalles.
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Tablas del IRPF en 2021
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es un tributo progresivo, ya que el tipo impositivo aplicado aumenta a medida que crecen los ingresos brutos del contribuyente.
Y ahí es donde entran los tramos del IRPF que sirven para definir la tasa impositiva que se deberá aplicar en función de las ganancias del contribuyente, independientemente del hecho de que hayan sido generadas mediante rendimientos del trabajo, del capital inmobiliario o mobiliario, de actividades económicas (como el minado de criptomonedas), de las imputaciones de rentas o de las ganancias y pérdidas patrimoniales (como en el caso de las transacciones con monedas virtuales y NFTs).
Tramos del IRPF | Base imponible | Tipo impositivo | Importe a tributar |
---|---|---|---|
1º | 12.450 € | 19 % | 2.365,5 € |
2º | 7.750 € | 24 % | 1.860 € |
3º | 15.000 € | 30 % | 4.500 € |
4º | 24.800 € | 37 % | 9.176 € |
5º | 240.000 € | 45 % | 108.000 € |
6º | 200.000 € | 47 % | 94.000 € |
Primer tramo
Aquellos ingresos que superen los 22.000 € anuales, serán gravados con un tipo impositivo del 19 % en la parte que vaya hasta los 12.450 €, lo que significa que se deberán tributar 2.365,5 €.
Segundo tramo
Los ingresos que se muevan entre los 12.450 € del primer tramo y los 20.200 € serán gravados con un tipo impositivo del 24 %. Teniendo en cuenta que si le restamos a esos 20.200 € el importe del primer tramo del IRPF obtenemos 7.750 €, el importe a pagar por este tramo será de 1.860 €.
Tercer tramo
Si consideramos que este tramo grava la base imponible que va entre los 20.200 € y los 35.200 € con un gravamen del 30 % y tomamos como ejemplo los ingresos mínimos fijados por la Ley para la tributación del IRPF y que se sitúan el los 22.000 € brutos, el contribuyente que obtenga exactamente esas ganancias deberá tributar su renta de la siguiente manera:
La suma de los importes a tributar por cada uno de estos tres primeros tramos implicaría que las personas físicas que cobren 22.000 € brutos deberán tributar 4.765,5 € en su declaración de la renta.
Cuarto tramo
Siguiendo con los ejemplos de ingresos brutos y su tributación según los diferentes tramos del IRPF, si tenemos en cuenta que el cuarto tramo de este impuesto grava la parte de los ingresos que se sitúa entre los 35.200 € y los 60.000 € con un tipo impositivo del 37 %, las ganancias que alcancen los 37.000 € tributarán un total de 9.391,5 € en la declaración de la renta con el desglose siguiente:
Quinto tramo
Si una persona gana 90.000 € brutos al año, la parte de sus ingresos que corresponde al quinto tramo del IRPF (situado entre 60.000 € y 300.000 €) será gravada al 45 % y la cuota a tributar de este contribuyente ascenderá a los 31.401,5 €.
Sexto tramo
Con la aplicación de los Presupuestos Generales del Estado de 2021, el gobierno de España estableció un nuevo tramo en la tabla del IRPF que supone una subida de dos puntos porcentuales hasta un gravamen del 47 % para las rentas del trabajo que superen los 300.000 € al año.
Esto significa que los contribuyentes que tengan unos ingresos de medio millón de euros anuales deberán pagar 219.901,5 € al fisco en su declaración del IRPF.
Retenciones del IRPF en 2021
Las retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas son básicamente un adelanto del pago de este impuesto. Se trata de un mecanismo que le permite al Estado prevenir el fraude fiscal y controlar mejor los ingresos de los trabajadores autónomos, así como contar con liquidez imprescindibles para su funcionamiento y evitar de ese modo tener que recurrir a préstamos para asegurar la prestación de servicios o la inversión en infraestructuras públicas.
En el caso de los trabajadores por cuenta ajena o empleados, estas retenciones se aplican en la nómina que cobran cada mes. Determinan la diferencia entre los salarios brutos y los netos y varían en función de factores como el sueldo, la situación familiar y la duración y el tipo de contrato por citar sólo algunos. Cuando las retenciones del IRPF en la nómina son inferiores a lo que toca pagar al hacer la declaración de la renta, saldrá a pagar. Si por el contrario superan la cuota tributaria, se podrá solicitar devolución de deducciones.
Como el IRPF se aplica a los ingresos obtenidos por las personas físicas a lo largo de un año, también afecta a los trabajadores por cuenta propia o autónomos. Aunque los tramos del IRPF para este tipo de trabajadores son los mismos que los de los asalariados, las retenciones que se aplican no son idénticas, ya que solo los autónomos que se hayan dado de alta en las secciones segunda y tercera del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) deberán aplicar retenciones del 15 % en su facturación cuando hagan la declaración trimestral y del 7 % en el caso de los nuevos autónomos que se encuentren en los primeros tres años de su actividad profesional por cuenta propia.
Otros ingresos como los derivados de rendimientos de capital inmobiliario y mobiliario (propiedad intelectual o industrial) o de ganancias patrimoniales o de rendimientos de capital inmobiliario tienen unas retenciones del 19 %.
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