¿Qué impuestos hay que pagar por la compraventa de una vivienda?

Impuestos directos e indirectos por comprar o vender una vivienda de primera o de segunda mano

5 min de lectura

Al comprar una vivienda nueva, todo el mundo quiere su parte del pastel: el notario, el registrador de la propiedad, la gestoría y, redoble de tambores, Hacienda. Si quieres saber qué impuestos tendrás que pagar a la hora de comprar una vivienda, ¡deja de buscar! En el artículo de hoy te damos toda la información necesaria sobre el IVA, el IGIC, el IAJD, el ITP y todos los impuestos que deberás tributar por la compraventa de una vivienda. 

Poco importa que quieras vender o comprar un piso en la playa, un refugio de montaña o el chalé de tu prima en Alicante; existen una serie de conceptos con los que deberías familiarizarte si quieres evitarte roces innecesarios con el fisco.

Impuestos por la venta de una vivienda

Las transacciones económicas están sujetas al pago de impuestos y la venta de viviendas no son ninguna excepción. Quien quiera vender su vivienda, deberá hacer frente al pago de tres tributos distintos: 

  • IRPF o Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: este impuesto ha sido creado para sostener los gastos públicos y para favorecer a las personas que se encuentran en una situación económica más desfavorecida, ya que grava las ganancias o los ingresos de manera progresiva. De la misma manera que los salarios, los ingresos obtenidos por la venta de bienes inmuebles son tributados en la declaración de la renta del año posterior. Los tramos de este tributo se subdividen de la siguiente manera: 
Tramo de IRPF en función de los ingresosTipo impositivo
> 12.450 € 19 %
Entre 12.450 € y 20.200 € 24 %
Entre 20.200 € y 35.200 € 30 %
Entre 35.200 € y 60.000 € 37 %
Entre 60.000 € y 300.000 € 45 %
< 300.000 €47 %
  • Plusvalía municipal: también conocido como IIVTNU (Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana), este impuesto municipal busca gravar el aumento del valor de los terrenos urbanos en los que se encuentren los bienes inmuebles mientras hayan estado en propiedad del vendedor. Debe ser abonado en el ayuntamiento de la localidad en la que se sitúe la vivienda durante los 30 días hábiles posteriores a la venta o 6 meses en caso de una herencia. 
  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI): los propietarios de inmuebles como locales, viviendas o plazas de garaje por citar sólo unos ejemplos están obligados a pagar este tributo de forma anual al ayuntamiento de la localidad en la que se encuentre el bien inmueble. Según la ley, como el hecho imponible por el que se cobra este impuesto se produce el 1 de enero de cada año, el vendedor del bien inmueble será el que tenga que pagar el IBI por mucho que firme la venta mientras se come las uvas. Esto no excluye sin embargo que el vendedor y el comprador lleguen a un acuerdo para pagar la parte proporcional del impuesto o que el vendedor haga repercutir el pago del impuesto en el precio de venta.

Impuestos por la compra de una vivienda

Si estás planteándote dar el paso y adquirir un bien inmueble, además de tener en cuenta los gastos de compra de una vivienda, tendrás que añadir los diversos impuestos relacionados con este tipo de compra a tus cálculos. Estos impuestos variarán en función de factores como el tipo de vivienda que quieras comprar, la comunidad autónoma en la que se encuentre o la cantidad de metros.

Compra de una vivienda nueva

Quien quiera comprar un bien inmueble nuevo o de primera mano tendrá que hacer frente a dos impuestos por la transacción:

  • Impuesto sobre el Valor Añadido: el IVA es un impuesto general e indirecto que se aplica a la compra de bienes o servicios. El IVA de vivienda nueva tiene un tipo reducido del 10 % sobre el precio de venta para las viviendas comunes y un 4 % cuando se trate de viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública. Si la vivienda que quieres comprar se encuentra en Canarias, deberás abonar el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC ) del 7 % o un tipo del 5 % por la compra de una vivienda habitual cuando la base imponible no supere los 150.000 € (los límites para familias numerosas son mayores) y el comprador no tenga una vivienda en propiedad ni en usufructo. En el caso de que compres una casa en Ceuta o Melilla, te corresponderá el Impuesto sobre la producción, los servicios y la importación (IPSI).
  • Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados: el AJD grava los actos formalizados en escrituras públicas y forma parte del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (impuesto indirecto que se aplica a las transmisiones patrimoniales onerosas, las operaciones societarias y los actos jurídicos documentados). La base imponible de este tributo es el precio de compra y los tipos de este gravamen varían en cada comunidad autónoma.

Compra de una vivienda de segunda mano

Además del propio precio de compra, los impuestos constituyen uno de los gastos más importantes también en el caso de la compra de una vivienda usada. A diferencia de las compras de viviendas nuevas, cuando se compra una casa de segunda mano no hay que pagar el IVA en viviendas de segunda mano, sino el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Este impuesto, también conocido como ITP, varía en función de la legislación de cada comunidad autónoma, así como de las circunstancias personales de los compradores como ser menor de 30 años, comprar una primera vivienda o un bien inmueble en un entorno rural o pertenecer a una familia numerosa. Debe ser abonado mediante la autoliquidación en un impreso oficial y el ingreso del importe en una cuenta de la Agencia Tributaria a través de alguna de las entidades bancarias colaboradoras. A continuación te dejamos una tabla con el porcentaje de ITP en algunas comunidades autónomas para que puedas hacerte una idea:

Comunidad AutónomaTipo impositivo del ITP
Andalucía 8 %
Baleares 8 %
Canarias 6,5 %
Castilla La Mancha 9 %
Cataluña 10 %
Comunidad de Madrid 6 %
Extremadura 8 %
Galicia 10 %
Murcia 8 %
País Vasco 4 %

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Preguntas frecuentes

¿Cuándo se pagan los impuestos por la compra de una vivienda?

Desde el momento en que se produce la escritura de la vivienda o se cierra la transacción, el comprador dispone de 30 días hábiles para abonar el ITP y el AJD. Quien se retrase con esa tributación se enfrentará a sanciones. En el caso de las viviendas nuevas, el comprador deberá tributar el IVA en el momento de la transmisión de la vivienda (cuando firme las escrituras de ésta).

¿Qué impuestos paga el comprador de una vivienda de segunda mano?

La compra de una vivienda de segunda mano implica el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales o ITP y, en ocasiones, el pago de la parte proporcional del IBI por el tiempo en el que la vivienda pasa a estar en propiedad del comprador durante el año de compra.

¿Donde pagar impuestos de la compra de una vivienda?

Tanto el ITP como el AJD se pagan en las delegaciones de Hacienda o forma telemática a través de la Oficina Virtual de la Agencia Tributaria de Andalucía.

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