
¿Qué es el impuesto de circulación y cómo se paga?
Cilindrada, tamaño y peso, antigüedad, tipo de motor, ciudad de matriculación… Descubre cómo las características de tu vehículo determinan la cantidad de dinero a pagar por el IVTM.
7 min de lectura
- El impuesto de circulación es una tasa municipal que grava la propiedad, permite circular legalmente, se paga anualmente, y su coste depende de la potencia y características de un vehículo.
- Están obligados a pagarlo los propietarios de turismos, motos y vehículos comerciales. Y aunque no se use el vehículo, si está dado de alta en Tráfico, hay que abonar el impuesto de todas formas.
- Cada ayuntamiento gestiona el cobro mediante domiciliación bancaria o recibo anual. Infórmate de su calendario para evitar sanciones y asegurar la circulación legal.
Qué es el IVTM y quién debe pagarlo
El impuesto de circulación es un tributo municipal obligatorio para todos los propietarios de vehículos matriculados que quieran circular legalmente por las vías públicas de España. El propio nombre del tributo puede inducir a confusión, ya que se refiere a los vehículos de tracción mecánica, pero lo cierto es que los dueños de vehículos híbridos o eléctricos también deben pagarlo aunque pueden beneficiarse de descuentos en muchas ciudades españolas y ahorrar dinero. Se aplica por lo tanto a todos los vehículos rodados como los turismos, los camiones, las motos, las furgonetas y las caravanas, los autobuses o los camiones. El periodo impositivo comienza el primer día del año natural (el 1 de enero), pero el periodo voluntario de pago de este tributo suele situarse entre los meses de abril y junio en el ayuntamiento de la localidad que aparezca en el permiso de circulación del vehículo. Esto significa que cuando se venda un vehículo nuevo o de segunda mano, será el vendedor y no el comprador el que tenga que pagar el impuesto de circulación correspondiente al año de la venta.Cuenta sin comisiones N26
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Cuánto se paga el impuesto de circulación
Según la ley, el importe a pagar por este impuesto varía en función de factores como la potencia del motor, el peso o el tipo de coche (datos incluidos en la ficha técnica del vehículo); pero, a fin de cuentas, son los municipios los que fijan la tarifa definitiva. Esta situación provoca que Melilla, ciudad considerada como un paraíso fiscal para este tributo, grave la circulación de los vehículos que tengan entre 16 y 20 caballos de vapor fiscales (CVF) con un tributo 6 veces menor que San Sebastián, provincia con el IVTM más elevado. En la siguiente tabla, hemos clasificado el importe anual en euros del impuesto de la circulación en algunas provincias españolas según los CVF o la potencia fiscal y los centímetros cúbicos (CC) de los turismos o las motocicletas para que puedas hacerte una idea de las diferencias que existen entre las provincias españolas.Turismos (potencia en CVF)
| Provincia (capital) | > 8 CVF | 12-16 CVF | < 20 CVF |
| Alicante | 22,28 € | 128,37 € | 204,75 € |
| Barcelona | 25,24 € | 143,88 € | 224,00 € |
| Cádiz | 24,90 € | 142,00 € | 220,90 € |
| Ceuta | 12,60 € | 71,95 € | 112,00 € |
| León | 20,95 € | 128,95 € | 209,40 € |
| Logroño | 20,00 € | 130,00 € | 220,00 € |
| Madrid | 20,00 € | 129,00 € | 224,00 € |
| Oviedo | 23,00 € | 141,00 € | 224,00 € |
| Valencia | 22,53 € | 134,98 € | 219,01 € |
| Zamora | 13,63 € | 130,21 € | 224,00 € |
Motocicletas (cilindrada en CC)
| Provincia (capital) | > 125 cc | 250 - 500 cc | < 1.000 cc |
| Alicante | 8,49 € | 27,58 € | 111,39 € |
| Barcelona | 8,84 € | 30,30 € | 121,16 € |
| Cádiz | 8,80 € | 29,90 € | 119,60 € |
| Ceuta | 4,40 € | 15,15 € | 60,60 € |
| León | 8,84 € | 30,30 € | 121,16 € |
| Logroño | 7,50 € | 25,70 € | 102,75 € |
| Madrid | 7,00 € | 27,00 € | 121,00 € |
| Oviedo | 8,00 € | 30,15 € | 121,16 € |
| Valencia | 7,75 € | 28,73 € | 121,16 € |
| Zamora | 6,14 € | 21,06 € | 84,21 € |
Vehículos exentos del IVTM y bonificaciones
A pesar de que casi ningún vehículo matriculado en España se libra de tener que pagar este impuesto, existen excepciones previstas para determinados vehículos que no tendrán que hacer frente al pago de este tributo:- Vehículos dedicados al transporte público urbano con más de nueve plazas como microbuses o autobuses
- Vehículos oficiales que se encuentren al servicio de entidades públicas del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades locales como los coches o las furgonetas de la policía municipal, de la guardia civil o de la policía nacional
- Vehículos de representaciones diplomáticas, oficinas consulares, agentes diplomáticos y funcionarios consulares acreditados
- Las ambulancias y otros vehículos dedicados a la asistencia sanitaria
- Vehículos destinados al transporte de personas con una movilidad reducida reconocida a un grado igual o superior al 33 %
- Vehículos como tractores, remolques o de maquinaria que cuenten con la Cartilla de inspección agraria
- Muchos ayuntamientos ofrecen reducciones a vehículos eléctricos, híbridos, de bajas emisiones o históricos
Cuándo se paga el impuesto de circulación
Se empieza a pagar el impuesto de circulación el 1 de enero o bien cuando se adquiere un vehículo. Por norma general, se paga una vez al año. El período de pago voluntario comprende del 1 de abril al 30 de junio. Por lo tanto, tiene validez del 1 de enero al 31 de diciembre.Cómo se paga el impuesto de circulación
Si te preguntas cómo saber si está pagado el impuesto de circulación, en tus extractos bancarios podrás comprobarlo, aunque también puedes consultarlo en el ayuntamiento de la población en la que vivas. No se puede pagar el impuesto de circulación sin recibo, así que si no lo tienes o el que tienes está fuera de plazo, tendrás que solicitar un duplicado al ayuntamiento de tu municipio. Si todavía no has pagado el impuesto a la circulación, en la actualidad hay varias maneras de hacerlo de forma cómoda y segura:- Presencialmente: puedes pagar el impuesto en el propio Ayuntamiento, en las entidades financieras y bancarias colaboradoras presentando el recibo para el pago del tributo o en las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente con cita previa.
- Domiciliación bancaria: quien no haya domiciliado el pago del impuesto de circulación, podrá hacerlo por teléfono o por internet y así olvidarse de esta tasa.
- Por internet: se puede pagar el impuesto de circulación online hasta las 20:00 horas del último día del periodo voluntario de pago mediante tarjeta de crédito o de débito, por banca electrónica o empleando un certificado digital si eres cliente de las entidades financieras y bancarias autorizadas por el ayuntamiento de tu localidad.
- Por teléfono: los clientes de las cajas y los bancos colaboradores podrán hacerlo en el servicio de banca telefónica aunque también se puede realizar el trámite llamando al teléfono de atención al ciudadano de tu alcaldía. En ambos casos, el pago podrá realizarse hasta las 20:00 horas.
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Preguntas frecuentes
- El impuesto de circulación es un tributo de carácter obligatorio para los vehículos matriculados para circular legalmente por la vía pública.
- La cuota del impuesto de circulación se basa en la potencia fiscal (o cilindrada) del vehículo, a la que cada ayuntamiento aplica sus propios coeficientes y bonificaciones.
- Puedes comprobarlo mediante la página de la Dirección General de Tráfico (DGT), así como en su aplicación móvil introduciendo el número de matrícula del vehículo.
- Normalmente se abona una vez al año y se puede pagar de forma presencial, online o mediante domiciliación bancaria.
- Si no pagas en el periodo voluntario se inicia el periodo ejecutivo, con un recargo que puede llegar al 20 % o más, y podrían embargar tu cuenta o el coche si la deuda continúa sin abonarse.
- Sí, por ejemplo para vehículos eléctricos, históricos o para personas con movilidad reducida, entre otros.
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