Cómo declarar criptomonedas y NFT en tus impuestos

Declara por tus inversiones criptomonedas, por el minado de monedas virtuales y por las transacciones con NFTs en tu IRPF sin despeinarte gracias a este post
7 min de lectura
  • Obligaciones fiscales: si compras, vendes o generas ganancias con criptomonedas, estás sujeto a declarar.
  • Operaciones con criptomonedas: compraventa, intercambio y staking afectan tu IRPF de formas distintas.
  • Evita sanciones: controla tus transacciones, guarda registros y consulta a un asesor para mantener tus finanzas en regla.
Con el desarrollo de las monedas virtuales, la Agencia Tributaria trata de seguirles los pasos adaptando la legislación a las criptodivisas y los NFTs para perseguir el fraude fiscal hasta los confines de Internet. Hoy te contamos cómo incluir tus inversiones en criptomonedas y activos digitales en tu declaración de la renta para evitar caer en la morosidad manteniéndote al día con la tributación de criptomonedas en España.

Impuestos por criptomonedas en España

Teniendo en cuenta que en la actualidad casi 4,5 millones de españoles han invertido o invierten en monedas virtuales cantidades de dinero que superan en la mayoría de los casos los 1.000 €, resulta comprensible que el Estado haya decidido tomar cartas en el asunto impulsando la tributación de criptomonedas en España a través del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).Una de las principales novedades que trae esta nueva ley es la obligación de informar también sobre las criptomonedas depositadas en monederos situados en el extranjero, lo que significa que mientras tengas tu domicilio fiscal en España, deberás informar a la Administración Tributaria sobre todas las criptomonedas que tengas incluyéndolas en tu declaración sobre bienes y derechos en el extranjero (modelo 720), a partir de un determinado volumen de criptomonedas y de conformidad con la normativa de este modelo, que actualmente está siendo revisada. 

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Fiscalidad de criptomonedas en España

Si las ganancias generadas por las transacciones con monedas virtuales superan los 1.000 €, pasarán a formar parte de la base imponible del ahorro y deberán ser declaradas en el apartado de ganancias y pérdidas patrimoniales del IRPF de la misma manera que otros activos.Para averiguar la base imponible sobre la que se gravará el impuesto sobre la renta en tus inversiones en criptomonedas, deberás calcular la diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición de tus monedas virtuales. La tasa impositiva con la que se gravan las ganancias por las inversiones en criptomonedas varía en función de los beneficios obtenidos:
Ganancia patrimonialTipo impositivo
Hasta 6.000 €19 %
6.000 € - 50.000 €21 %
50.000 € - 200.000 €23 %
200.000 € - 300.000 €27 %
A partir de 300.000 €28 %
En el caso de que hayas sufrido pérdidas en tus inversiones en criptomonedas, podrás compensarlas con las ganancias que puedas haber tenido. Esto significa que si has ganado 3.000 € con tus inversiones en ciertas criptomonedas pero has perdido 1.000 € con otras, deberás tributar por 2.000 € en tu declaración de la renta de criptomonedas. Por regla general, no hay límites para compensar las pérdidas excepto en el caso de las ganancias patrimoniales, ya que sólo podrá emplearse un 25 % de los rendimientos positivos para compensar las pérdidas. 

Modelos de tributación de criptomonedas

  • Modelo 172: operaciones con criptoactivos realizadas por entidades residentes en España.
  • Modelo 173: declaraciones de saldos en exchanges y plataformas centralizadas, con información detallada de los titulares.
  • Modelo 721: sustituto del 720 para criptoactivos en el extranjero, aunque todavía están pendientes de desarrollarse reglamentariamente todos los detalles.
  • Modelo 720: sigue vigente para bienes en el extranjero que no sean criptomonedas, si se superan determinados umbrales.

Cómo declarar las operaciones de compraventa

Para cada operación, se calcula la ganancia o pérdida restando al precio de venta (menos comisiones) el precio de adquisición (más comisiones).Métodos de valoración habituales: FIFO (First In, First Out) o, si lo permite la normativa y se justifica, LIFO, aunque Hacienda suele admitir mayoritariamente FIFO.Es recomendable llevar un registro exhaustivo de cada transacción. Existen aplicaciones y software especializados que generan el historial de movimientos y el cálculo de plusvalías/pérdidas.

Tributación por la minería de criptomonedas

Aunque la legislación tributaria relativa a las criptodivisas está todavía en pañales, las actividades económicas que se lleven a cabo en España por personas físicas o jurídicas están sujetas, por lo general, al Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), independientemente del sector económico y de las ganancias generadas. El minado de criptomonedas debería por lo tanto ser considerado como una actividad económica más.Esto implica que si obtienes ingresos a través de la minería de monedas virtuales, deberás darte de alta como autónomo, declarar, si procede según tus condiciones, el IAE ante la Agencia Tributaria presentando el modelo 840 y tributar los beneficios como rendimientos de actividades económicas a efectos de IRPF. También, ten en cuenta que para incluir en el IRPF las actividades económicas relacionadas con la minería de criptodivisas, tendrás que tributar por el importe obtenido después de restar a los ingresos generados los gastos ocasionados por esta actividad económica. Se considerarán ingresos generados el importe en dinero fiat (como euros o dólares) que valgan las porciones de cripto en el momento en que el minero sea remunerado. En otras palabras, si en el momento de cobrar las porciones de cripto que te corresponden, estas valen 350 €, deberás tributar por esa cantidad aunque valgan 120 € cuando hagas tu declaración trimestral. Obtén más información sobre la minería de criptomonedas.

Impuestos por NFT en España

La regulación de los impuestos de los NFT está todavía menos desarrollada que la de las criptomonedas, pero ya empieza a dar sus primeros pasos. El tratamiento actual no dista mucho del que reciben las transacciones sobre obras de arte o productos de coleccionismo. Los impuestos con los que se gravarán las transacciones con NFT dependen principalmente del tipo de persona o de entidad que las realice. En el caso de que el NFT haya sido vendido por un sujeto pasivo como una empresa o una persona física en el marco de su actividad profesional, la operación será gravada con el régimen general del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) con un tipo impositivo del 21 % a excepción de las comunidad autónoma de las Islas Canarias y en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. En el resto de casos se aplicará el 8 % del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). En ambos supuestos será el comprador el que tenga que hacer frente al pago del impuesto.En lo que se refiere a la declaración de la renta, los NFT deberán figurar en el IRPF en el caso de que se obtengan ganancias patrimoniales con ellos. Si la venta de NFT constituye una actividad económica, los vendedores o creadores de este activo digital deberán tributar dentro de la base imponible general del IRPF, en el apartado de rendimientos de actividades económicas, cuyo tipo impositivo puede alcanzar el 47 % para las rentas que superen los 300.000 €. Podrán sin embargo deducirse los gastos relacionados con su actividad profesional, siempre y cuando éstos estén debidamente justificados.En el caso de que el creador o vendedor del NFT sea un particular, deberá incluir los beneficios económicos obtenidos en el apartado de rendimientos de ganancias y pérdidas patrimoniales del IRPF. Estos ingresos se gravarán entonces de la misma manera que los generados por las inversiones en criptomonedas.Si hablamos de staking, generalmente se asimilan a rendimientos de capital mobiliario (o de actividades, si hay habitualidad), pero conviene analizar cada caso concreto según la plataforma y la naturaleza del rendimiento.En este artículo puedes ver todos los tipos de impuestos en España.

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Preguntas frecuentes


    Las criptomonedas o criptodivisas son un medio digital de intercambio que emplea el cifrado criptográfico para garantizar su titularidad y la seguridad de las transacciones, así como para controlar la creación de unidades adicionales. Las monedas virtuales son además una divisa alternativa que no existe de forma física. Las diversas criptomonedas son controladas mediante una base de datos descentralizada y pública para transacciones financieras que suele ser una blockchain o cadena de bloques.

    Los NFTs o Non-Fungible Tokens son activos digitales únicos como las imágenes, los vídeos, los GIFS o la música. De la misma manera que las criptodivisas, los NFTs, por lo general, son certificados mediante la tecnología blockchain. Como su propio nombre indica, los tokens no fungibles o NFT no se consumen con el uso. Se trata además de activos únicos no intercambiables, lo que permite al comprador acreditar su titularidad.

    Para los particulares, si tienes criptomonedas, deberás incluirlas en la casilla 389 para 'Otras ganancias patrimoniales a integrar en la base imponible del ahorro' cuando hagas tu declaración de la renta.

    Si realizas transacciones con criptomonedas, y lo haces como un profesional, estarás sujeto a la regulación fiscal de las actividades económicas. Cuando realices cambios entre diversas criptomonedas o entre monedas virtuales y dinero fiat, deberás tributar en el apartado de pérdidas y ganancias patrimoniales de la base imponible del ahorro en la IRPF, en la declaración correspondiente al ejercicio fiscal en que la transacción haya tenido lugar. Por último, y a partir de un cierto volumen de criptomonedas, aunque no realices transacciones de venta con ellas, puedes tener que declararlas de conformidad con las obligaciones fiscales de información de bienes y activos en el extranjero.

    Quien haya vendido monedas virtuales deberá incluir las transacciones en su declaración de la renta y tributarlas de la misma manera que las ganancias patrimoniales, siempre que actúe como un particular.

    Sí, debes informar cualquier operación con criptomonedas que genere rendimientos o pérdidas.

    Se consideran ganancias patrimoniales en base del ahorro. Los tipos van desde el 19 % al 28 %, dependiendo del importe total de las plusvalías obtenidas en el ejercicio.

    Si minas criptomonedas de forma habitual se considera actividad económica. Debes darte de alta como autónomo y tributar por los rendimientos obtenidos.

    Se espera la implantación progresiva de modelos específicos (172, 173, 721).



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