
Declaración de la Renta 2024: solicitud del borrador, calendario y plazos
La primavera es sinónimo de buen tiempo, flores y… Redoble de tambores: ¡la campaña de declaración de la renta! Tras este cambio de guión te explicamos cómo hacer la declaración de la renta de 2024.
6 min de lectura
- Qué es la Declaración de la Renta: es el proceso para regularizar tus ingresos y deducciones del año anterior.
- Plazos y quién debe presentarla: cuándo empieza, cuándo acaba y quién tiene que hacer la renta.
- Claves para agilizar el trámite: deducciones, retenciones y trucos para agilizar tu devolución y cumplir con Hacienda.
Quién tiene que hacer la declaración de la renta 2024
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Rendimientos íntegros de trabajo
- Los que perciben menos de 22.000 € brutos anuales (con único pagador). Es decir, los que tienen rendimiento de trabajo personal que no supera esa cantidad y, además, esa cantidad es recibida de un único pagador.
- Los que perciben menos de 15.876 € brutos anuales (con múltiples pagadores).
- Los que perciben menos de 22.000 € brutos anuales (con múltiples pagadores), siempre y cuando la suma de las cantidades percibidas del segundo y otros pagadores (en el caso de que existan), no superen en su conjunto la cantidad de 1.500 € anuales.
Rendimientos del capital mobiliario y de ganancias patrimoniales
Rentas inmobiliarias, rendimientos de letras del Tesoro y subvenciones
- Aquellos contribuyentes que hayan percibido rentas inmobiliarias imputadas.
- Los que hayan percibido rendimientos íntegros de capital inmobiliario de las Letras del Tesoro (no sujetos a retención).
- Los que han disfrutado de subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, así como otras ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas.
Cómo pedir el borrador de la declaración de la renta
- Desde la página web de la Agencia Tributaria
- Desde la web www.agenciatributaria.es.
- Desde la app “Agencia Tributaria”.
- Llamando al contestador automático 901 12 12 24 o 915 35 73 26.
- Llamando al teléfono de atención personal 901 22 33 44 o 915 53 00 71, que está disponible de lunes a viernes de 9:00 a 19:00.
- Desde la web www.agenciatributaria.es.
- Desde la app “Agencia Tributaria”.
- Llamando al teléfono de atención personal 901 22 33 44 o 915 53 00 71, que está disponible de lunes a viernes de 9:00 a 19:00.
Cuándo hay que hacer la declaración de la renta
Fechas clave de la campaña de impuestos 2024 en España
2 de abril de 2025 | Inicio de la campaña de la renta 2024 con presentación por vía online |
29 de abril de 2025 | Inicio del plazo para pedir cita y recibir atención telefónica |
6 de mayo de 2025 | Inicio del plazo para presentar la declaración por vía telefónica |
29 de mayo de 2025 | Inicio del plazo para pedir cita para realizar la declaración de forma presencial en alguna de las oficinas de la Agencia Tributaria |
2 de junio de 2025 | Inicio de la campaña de la renta 2024 de forma presencial |
26 de junio de 2025 | Final del plazo de las declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación bancaria. |
1 de julio de 2025 | Final de la campaña de la renta 2024 |
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Preguntas frecuentes
La campaña de la renta de 2024 va desde el 2 de abril al 1 de julio de 2025.
Están obligados a presentar la declaración de la renta los contribuyentes con ingresos superiores a 22.000 € brutos anuales con un único pagador o 15.876 € brutos anuales con varios pagadores.
Si no estás obligado a hacer la declaración de la renta y te sale a pagar tienes el derecho de no presentarla.
Si estás obligado a hacer la declaración de la renta y no la presentas, la Agencia Tributaria iniciará un procedimiento sancionador con un recargo de entre el 50 % y el 150 % de la cantidad debida. En caso de que hayas cometido otra infracción tributaria, el recargo puede ser más alto.
Si la declaración de la renta te sale a devolver y se te olvida presentarla a tiempo, la Agencia Tributaria te multará con 200 €, aunque puede reducirse a la mitad en caso de que no hayas recibido ningún requerimiento de pago anteriormente.
En caso de que la declaración de la renta te salga a pagar y presentas la documentación fuera de plazo, Hacienda te aplicará un recargo según el tiempo transcurrido tras la fecha de vencimiento.
Principalmente los datos fiscales (borrador), certificado de retenciones, rendimientos de trabajo, extractos bancarios y justificantes de gastos o deducciones.
Hacienda tiene un plazo de hasta seis meses desde el fin de la campaña para abonar el importe. Si se retrasa más, deberá pagarte intereses de demora.
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